Lo que está claro es que lo que no se consigue es la función máxima para la que todo este montaje está teóricamente enfocado según nuestra constitución: la reeducación y reinserción social”

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PINIÓN. La vuelta a la tortilla. Por Noemí Juaní
Profesional de la gestión

20/03/25. Opinión. Noemí Juaní, profesional de la alta gestión en empresas e instituciones, en esta colaboración para EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com escribe sobre el Código Penal: “Nuestro código penal tiene diversas finalidades. La llamada “función retributiva” que es la que todos tenemos en la cabeza cuando hablamos de condenas, es decir, la que persigue castigar sin más, explica una supuesta...

...proporcionalidad entre el delito y la pena impuesta; aunque en el ejemplo que nos ocupa, pueda ser discutible”.

Tragicomedia berlanguiana

No es para nadie una novedad descubrir que el robo de un objeto en un establecimiento pueda acarrear una pena de prisión de seis meses y, sin embargo, ha sido noticia en algunos medios de comunicación.

El protagonista es un perrito inglés desgastado que tenía por función aguantar las puertas. L.M. es el actor secundario encaprichado de la mascota de trapo.

Podríamos citar otros figurantes: la dependienta que se dio cuenta de la sustracción, el dueño del objeto y de la tienda de regalos y souvenirs que se vio perjudicado, el juez que sentenció, el abogado que defendió, el fiscal que acusó… y así podríamos seguir casi hasta el infinito con el policía que lo detuvo, los funcionarios de la prisión, el cocinero y sus pinches, el compañero de celda, el director general de servicios penitenciarios, el legislador que redactó el artículo del código penal…

Todo encaja a la perfección en el escenario que hemos preparado: un orden legal para una sociedad construida sobre los pilares del Estado de derecho.

Pero añadamos más matices al guión.

El objeto sustraído tiene un valor no superior a 70 euros aunque se vendía por más de 500. El cleptómano no diagnosticado llevaba meses en libertad tras pasar 27 AÑOS en prisión por asesinato y pertenencia a organización criminal. Los hechos se produjeron en septiembre de 2023, pero no han visto sentencia hasta febrero de 2025.

Ahora estamos ante una película de Berlanga

L.M. debería haberse dado cuenta de que sus caprichos se hubieran sufragado mejor con defraudaciones a Hacienda hasta 119.999 euros y nunca hubiera ido a prisión.


El juez podría haber decidido que el muñeco, tuviera el precio que tuviera, estaba por debajo de los 400,00 euros y eso hubiera dado lugar a una pena de multa.

La justicia podría haber tardado algo más de los diecisiete meses que le ha costado tener sentencia y quizás hubiera prescrito.

El orden legal sobre el que reposa toda nuestra seguridad y fortaleza se desmorona por momentos.

Podríamos seguir analizando el hecho, pensando en los costes de todos nuestros actores, y entonces los 70 euros del chucho se multiplican exponencialmente. Pero todos sabemos que nuestro sistema judicial no está pensado únicamente para la reparación del daño concreto.

Tampoco el modelo punitivo pretende lo que consigue y mucho menos consigue lo que pretende.

Nuestro código penal tiene diversas finalidades.

La llamada “función retributiva” que es la que todos tenemos en la cabeza cuando hablamos de condenas, es decir, la que persigue castigar sin más, explica una supuesta proporcionalidad entre el delito y la pena impuesta; aunque en el ejemplo que nos ocupa, pueda ser discutible.

También podría cumplir con la función preventiva, que es la que aparece en el subconsciente colectivo. El común de los mortales acaba pensando que mejor se compra el peluche en la tienda de al lado (una de esos de chinos que lo tienen todo super barato) y se evita los seis meses de prisión, ergo 180 días sin ver Netflix, sin posibilidad de fines de semana en algún hotelito, sin poder ir a restaurantes ni cines, sin jugar al padel con los amigos…

Pero a L.M. eso le sirve de poca disuasión. Por eso imponerle una pena, acaba teniendo una utilidad más práctica: quitarlo de en medio durante un tiempo.

Lo que está claro es que lo que no se consigue es la función máxima para la que todo este montaje está teóricamente enfocado según nuestra constitución: la reeducación y reinserción social.

27 años sometido a un sistema penitenciario que está enfocado íntegramente a conseguir “la transformación del individuo” y “desarrollo integral de su personalidad” y comete la torpeza de robar una birria de felpa.

Algo no estamos haciendo bien.

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