OPINIÓN. El buen ciudadano. Por Rafael Yus Ramos
Coordinador
del Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía
06/03/12. Opinión. “El cambio de la Ley de Costas es el último acto de un proceso progresivo de colonización de actividades económicas que podrían ser perfectamente atendidas fuera del dominio público, y todo para favorecer al monopolio de la Asociación de Hosteleros de Playa, quienes tienen el privilegio de ser los únicos interlocutores con la administración y por tanto los únicos beneficiarios de las concesiones en este suelo público. Algo inadmisible en un estado de derecho, porque en estas concesiones
no se cumplen los requisitos que establece
la ley: publicidad, igualdad y transparencia”. Nueva colaboración de Rafael Yus
con EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com en la que
analiza con detalle la evolución de las leyes que afectan a los populares
chiringuitos.
La depredación del
litoral: Último acto
DESDE que la ex-ministra de Medio
Ambiente, Cristina Narbona, iniciara la peliaguda tarea del deslinde del
dominio marítimo-terrestre y, consecuentemente, comenzara a expedientar las
construcciones realizadas por los depredadores de lo público, se ha producido
una escalada de retrocesos que se inició con la dimisión de dicha ministra, que
pasará a la historia como una política valiente pero suicida, y terminará con
la inminente reforma de la Ley de Costas prometida por el nuevo ministro del PP
Miguel Arias Cañete.
ENTRE estos dos extremos se sitúan las actuaciones de las comunidades autónomas en relación al litoral. Ya durante la época de Cristina Narbona, un alto mandatario de su gabinete me llegó a reconocer en un congreso en el que coincidimos como conferenciantes, que la principal oposición de la política de Costas no viene de los partidos de la oposición, sino de sectores de su propio partido, que demandaban el cese, o al menos la flexibilización de la política de “normalización” que está acometiendo el Ministerio de Medio Ambiente. Con la comentada dimisión de la ministra no terminaron los problemas, al contrario. Desde diversos sectores del propio PSOE se instaba a que se cambiara la Ley de Costas para poder explotar el litoral y dar garantías a los actuales propietarios de inmuebles e instalaciones en el dominio público.
EN esta línea, el Ministerio de Medio Ambiente, con la Dirección General de Costas al frente, todavía bajo el mandato del PSOE, prosiguió la línea de deslinde y esclarecimiento de la legalidad de viviendas e instalaciones en el dominio público, si bien de una forma más flexible. Ello no impidió que hubieran fuertes reacciones por parte de algunos sectores afectados. En Málaga, tenemos por ejemplo los casos de las viviendas de El Palo, Chilches y Lagos. Todas estas viviendas están construidas dentro del dominio público marítimo terrestre, la mayoría con un gran peligro para su integridad, puesto que algunos temporales se han resuelto con inundaciones en estas viviendas tan cercanas al mar, incluso a pesar de lograr que se coloquen algunas defensas. Pese a todo, los propietarios insistieron en mantener y legalizar sus viviendas, ahora convertidas en oro ladrillero.
SEGUIDAMENTE conocimos el episodio de los
chiringuitos, que motivó un artículo específico en esta misma columna (1). La
ola de normalización de Costas ponía en entredicho la legalidad de muchas de
estas instalaciones denominadas “chiringuitos”, término admitido por la
Academia de la Lengua, que lo define como: “quiosco o puesto de bebidas al aire
libre”. El gremio de los “chiringuiteros” (autodenominados “hosteleros de
playa”), considerado por nuestros políticos como uno de los más poderosos de
este país, después del sector de transporte, se movilizaron y fruto de esta
movilización, que oportunamente se produjo en momentos de recesión electoral
del PSOE, condujo a una defensa a ultranza de este prestigioso negocio, “santo
y seña” del turismo cutre de nuestro país, no sólo de los veraneantes de Madrid
que todavía tenían en su retina la imagen de su última juerga en la playa y
asociaban, con lógica, chiringuito con placer, sino de nuestros propios
políticos andaluces, quienes con Luciano Alonso al frente defendieron a bombo y
platillo estas instalaciones frente a las ingerencias de su propio partido en
algo tan sagrado como es el “empinamiento de codo al sol”. La situación fue tan
tensa que se llegó a manejar la posibilidad de blindar este tipo de negocios
con la declaración de Bien de Interés Cultural, porque el beber es una cultura
muy andaluza, que no se olvide, y si no, ahí está el Toro de Osborne para recordar
lo que apreciamos los andaluces el líquido etílico. El resultado final de
aquella movilización fue el traspaso de la competencia de administración de las
instalaciones de playa, que hasta entonces era de Costas (Ministerio de Medio
Ambiente) a la Junta de Andalucía (Consejería de Medio Ambiente).
EL carácter temporal y baja densidad de los primeros chiringuitos no les hacía especialmente nocivos, aunque ciertamente es un típico negocio que se instala en un suelo que no es de su propiedad, sino que es público. Un negocio que, por cierto, por situarse en el arenal, hace la competencia a los bares y restaurantes que se encuentran en primera línea de playa, cumpliendo con la legalidad. La administración que se viene haciendo, por acción o por omisión, ha ido creando un caos de instalaciones que sin duda llevarán a la degradación total del litoral.
¿CUÁL es la verdadera causa de estas tensiones políticas? De nuevo estamos ante un fenómeno que ya hemos analizado en reiteradas ocasiones en esta columna: el electoralismo. Hace tiempo que constatamos que los partidos políticos se rigen por las ideologías solamente sobre el papel. En la práctica su móvil es más pragmático: “¿esto añade o quita votos?”. Las decisiones de este país, especialmente conforme nos acercamos al electorado (ej. no tanto a nivel de Gobierno de la nación como de comunidad autónoma y más aún en los municipios), son cada vez más esclavas del voto y más refractarias a la racionalidad o la ideología. Si un partido, como el PSOE tiene como bandera la defensa de lo público o el interés general, como en este caso sucede con las playas, este marco ideológico se mete en el cajón del olvido hasta las próximas elecciones para “arañar” algunos votos del sector que sea, cuanto más organizado y numeroso sea mejor. Esa es la razón que ha llevado a tantos municipios a consentir, e incluso alentar, la construcción desmedida de viviendas y la especulación urbanística consecuente. Cuando tocamos el litoral, no olvidemos que estamos ante los 100 metros de oro de la economía española, que por cierto no valdría nada si no es por el clima. Es una franja que moviliza, desde los años sesenta, a una amplia población local e internacional, ávida del clima tórrido y del bronceado coqueto. Un punto de atracción que ha movilizado todo tipo de negocios del sector servicios, aunque no de forma ordenada y sus consecuencias están a la vista y de ellas estamos hablando. Es una franja que no es de nadie en particular, sino que es de todos, por lo que los okupas de este dominio gritan “lo que es de España es de los españoles” (es decir, mío), por lo tanto “yo tengo derecho a explotar una parte de este suelo”. De ahí nace la convicción moral del chiringuitero de estar en su derecho, de no hacer nada malo a nadie, que incluso está contribuyendo a una mejor dotación de servicios en este área recreativa. A ello se añade ahora la demagogia política, según la cual este sector da de comer a más 17.000 familias, entre dueños y empleados. Los políticos hacen cuenta: 17.000 familias a 4 votos/familia = 68.000 votos. Una cifra suficiente para decantar una mayoría absoluta. Son torpes porque si permitieran la venta de drogas por las calles podrían conseguir muchos más votos, tanto de camellos como de consumidores.
POR este motivo, no es de extrañar que ahora el ministro de Medio Ambiente, Arias Cañete, apenas pisó el suelo del Ministerio, dijo aquello de que “el gobierno se comprometerá a garantizar el futuro de los chiringuitos”, modificando la actual Ley de Costas para flexibilizar los usos turísticos del litoral y además darles garantía jurídica para que puedan especular libremente con los inmuebles situados en dominio público. Algo que, como mostraremos a continuación ya estaban haciendo los ayuntamientos del litoral andaluz, con connivencia de la Junta de Andalucía, puesto que el pastel que está en juego es suficientemente apetitoso. Se trataría, en definitiva de un último acto que permitirá la depredación total de lo poco que queda de nuestro litoral, emborrachados por el prestigio y acogida que tiene para el sector turístico. Una borrachera que necesariamente conducirá a la depauperación de la calidad del litoral, ya de por sí degradada actualmente.
Últimos casos analizados
EN este contexto de progresiva pérdida de autoridad, de dejación del deber de hacer cumplir las leyes en el dominio público marítimo terrestre, en un artículo anterior tuvimos ocasión de exponer un par de casos (2). Ahora ofrecemos otros dos más que nos muestran una sutil evolución respecto de los primeros analizados, puesto que ahora no es un problema de “interpretación” de la Ley de Costas, sino de ocultación de lo que se prescribe, e incluso de invención de su contenido, todo ello con la rúbrica de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y algún capotazo de la Dirección General de Costas:
CASO 1: Inventando
la legalidad. En un
artículo anterior (2) tuvimos ocasión de mostrar la ilegalidad del Plan de
Playas de Rincón de la Victoria, presuntamente consensuado con la Delegación de
Medio Ambiente. Es posible que esta denuncia motivara la revisión del Plan de
Playas del 2012, tal como reconoce la Arquitecta Municipal del Ayuntamiento en
un detallado informe y el propio concejal de playas de Rincón de la Victoria,
que no obstante intenta colar en el nuevo plan una serie de elementos que no
están contemplados en la Ley. El contenido de su moción de fecha 1-X-2011 es el
siguiente: (...) Como consecuencia de
ello, esta Concejalía ha tenido diversas reuniones en la Delegación de Medio
Ambiente, para tratar el tema de las concesiones de playa en este Municipio,
puesto que es una prioridad para este Equipo de Gobierno el velar por la
protección, utilización, conservación e integridad de las playas en nuestra
Localidad. Se ha concluido, en definitiva, en la modificación del numero de concesiones en playas, puesto que la anterior
propuesta no se ajustaba a la Ley 22/88 de Costas; en cuestiones de distancias
entre las concesiones. Por todo
lo expuesto, tengo a bien proponer a mis compañeros de Corporación el siguiente
acuerdo: 1° Solicitar la concesión a la Delegación de Medio Ambiente de la
Junta de Andalucía, de 17 chiringuitos de playa, con una dimensión de 150 m2, con 30 metros cuadrados mas, de forma
independiente, para sanitarios, no desmontables por el tiempo máximo prorrogable según la Ley, y cuya
ubicación se indica en el plano adjunto. 2° Solicitar, cada temporada, en el
Plan de Aprovechamiento de Playas, las autorizaciones para la instalación de 6 kioscos desmontables para la temporada 2012 (puesto que no
desmontables no se contempla en la Ley de Costas ni en su Reglamento, Real
Decreto 1471/89.) El número de autorizaciones solicitadas para cada temporada
podrá variar, en función de lo estimado por esta Concejalía.
EN primer lugar, subrayamos el reconocimiento del concejal de que nuestra denuncia estaba legitimada, que no era posible admitir aquel plan de playas que denunciamos porque se extralimitaba en número de concesiones y licencias. Ahora en principio sí se ajusta en cuanto a número de instalaciones y distancia, pero de nuevo la Delegación Provincial de Medio Ambiente comete errores que se intentan justificar con una serie de consideraciones que son puras invenciones, es decir, no aparecen en la legislación y que por tanto son ilegales de facto:
1.- SE inventa
un nuevo concepto, no contemplado en la ley, que es la densidad de
chiringuitos en el litoral. Según este concepto, se toma como espacio de
referencia la totalidad de la longitud del litoral (incluyendo acantilados,
desembocaduras fluviales, etc), que son 7.200 m lineales. Luego divide esta
cifra entre 200 metros y obtiene así el número máximo de chiringuitos que
se pueden autorizar en esa superficie,
de modo que si el Plan de Playas propone un número inferior, es que se ajusta a
la Ley (en este caso inventada). Es preciso insistir aquí que la ley no dice nada de esto, lo
que establece que es que la distancia mínima entre dos chiringuitos debe ser de
200 metros. Por otra parte, esta nueva reglamentación que se saca Medio
Ambiente de la manga, lleva a autorizar sin obstáculo alguno a que las 17
instalaciones se ubiquen en la playa, cuando en este aspecto la Ley es bien
clara al decir que “se ubicarán preferentemente fuera de la arena”.
2.- SE inventa un nuevo artilugio para ampliar la superficie de los chiringuitos más allá de lo autorizado, creando una figura nueva: los aseos no desmontables. Según este artilugio, se sacan de la manga que estos establecimientos destinados a aseos no tienen que cumplir distancias y además tampoco computan superficie, por lo que les “regala” a cada chiringuitos 30 m2 de aseos pagados y construidos por el Ayuntamiento, con dinero de todos (!) y de hecho les amplía su superficie máxima legal. La ley dice (art. 64 RGLC) que los establecimientos destinados a servicios tienen que cumplir lo mismo que el artículo 65, es decir, una distancia máxima de 20 m2 si son desmontables y distancias entre ellos de 100 metros si son desmontables, todo lo cual es un nuevo invento de la Delegación de Medio Ambiente.
3.- OTRO importante invento que la Delegación de Medio Ambiente introduce en su particular reglamentación de la Costa es que los quioscos de 20 metros cuadrados pueden tener una terraza cubierta, que les convierte automáticamente en una estructura de mayor envergadura, casi como un chiringuito, pero librándose de aplicarles la normativa de chiringuitos. Y se aprueban 5 de estas instalaciones.
4.- FINALMENTE, para colmo del abuso, en este proyecto se prevé que cada chiringuito pueda construir un sótano-búnquer de hormigón bajo rasante de 150 m2 (!), es decir, van a construir una mole de hormigón en un organismo vivo como es la playa.
ES evidente que el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, con el asesoramiento y consiguiente aprobación de la Delegación de Medio Ambiente, ha alterado sustancialmente el sentido de la Ley de Costas, inventando ad hoc una reglamentación específica para permitir estructuras y superficies abusivas, con lo que en lugar de aplicar la Ley para la defensa del interés general, se ha instrumentalizado y alterado para intereses particulares de la Asociación de Hosteleros de Playas.
CASO 2: Ocultando la legalidad. Con fecha 7-02-2012, la federación malagueña de Ecologistas en Acción presentó una denuncia, ante la Fiscalía de Medio Ambiente de la Audiencia Provincial de Málaga, por un supuesto delito de prevaricación, al autorizar de forma irregular la construcción de un restaurante de dos plantas en zona de servidumbre marítimo-terrestre en el término municipal de Marbella.
LOS hechos se remontan al 24/11/2010,
fecha en la que la empresa COPACABANA MARBELLA S.L, que regenta hasta hoy un
chiringuito de dudosa situación legal, solicita a la Delegación Provincial de
Medio Ambiente autorización para construir en zona de servidumbre de protección
del litoral de Marbella, un “restaurante de playa”, de dos plantas y sótano, en
el solar sito en la calle Playa Hermosa nº 365 de la Urbanización Costabella,
en el mencionado término municipal de Marbella. Con fecha 16/03/2011 la Delegación
Provincial de Medio Ambiente envió a la Demarcación de Costas Andalucía
Mediterráneo, copia de esta documentación presentada y se le solicita Informe
conforme a lo legislado en el artículo 10 del Decreto 334/1994 sobre la
autorización de usos en la zona de servidumbre de protección. Posteriormente, con fecha 18/10/2011 la
Delegación Provincial de Medio Ambiente recibe informe de la Demarcación de
Costas en el que se considera que: la construcción de un restaurante de
playa en la servidumbre de protección es un uso permitido par la actual ley de
Costas siendo una mejora del antiguo restaurante ya existente. y con este
fundamento, con fecha 25 de octubre de 2011, resuelve autorizar el uso en Zona de
Servidumbre de Protección del Dominio Público Marítimo-Terrestre para la
construcción del mencionado restaurante de playa.
A juicio de esta asociación, esta resolución no solamente es irregular, puesto que contraviene lo legislado sobre los usos y condiciones en la zona de servidumbre previstos en la vigente Ley de Costas, sino que entendemos que en este proceso ha habido una ocultación deliberada del contenido completo de lo contemplado en los fundamentos jurídicos, tanto en el Informe que presenta la Demarcación de Costas, como en la posterior resolución de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Málaga, lo que podría constituir un delito de prevaricación, ya que se otorga una autorización a sabiendas de su ilegalidad. Los fundamentos de esta denuncia son los siguientes:
1º.- En el Informe de la Demarcación de Costas (véase Documento 1), se indica, concretamente en el aspecto que nos ocupa: (...) la construcción de un restaurante de playa en la servidumbre de protección es un uso permitido par la actual ley de Costas (...) (¡no se añade nada más!) Nótese que en este informe se elude la integridad del texto de la Ley de Costas que alude a esta cuestión, que dice textualmente: Con carácter ordinario, sólo se permitirán en esta zona las obras, instalaciones y actividades que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación o presten servicios necesarios o convenientes para el uso del dominio público marítimo-terrestre, así como las instalaciones deportivas descubiertas.
ES
decir, al eludir la frase “que por su naturaleza no puedan tener otra
ubicación”, se está eludiendo también la espinosa cuestión de si el
mencionado restaurante debe ser considerado una actividad “que no pueda tener
otra ubicación”. Esto lo fundamentamos en los siguientes hechos: a.- No existe
la tipología de “restaurante de playa”. La tipología es “restaurante”, y esta
categoría no implica necesariamente su ubicación en la playa. En todo caso, el
solicitante no acredita que esta actividad esté indisociablemente ligada a la
playa, como podría ser, por ejemplo, un puesto de alquiler de embarcaciones de
recreo. b.- En el supuesto, que negamos por lo indicado en el punto a, de que
este restaurante deba ser tipificado como “restaurante de playa” y ello
justificara su emplazamiento en la zona de servidumbre, en el informe de la
Demarcación de Costas también se elude el hecho de que la zona ya está saturada
de restaurantes, tanto el dominio público (chiringuitos) como en el suelo
urbano colindante. c.- Finalmente, consideramos que la Demarcación de Costas ha
actuado “a sabiendas” de la ocultación de este espinoso párrafo, porque con
fecha 16/5/2011, los vecinos de Costabella, al tener conocimiento de esta
solicitud, presentaron alegación ante Medio Ambiente y Demarcación de Costas
fundamentándolo, entre otros elementos, por la falta de justificación de esta
construcción en zona de servidumbre marítimo-terrestre, anexando en dicha
alegación una sentencia del Tribunal
Supremo de fecha 15/10/2010 como jurisprudencia que dejaba claro que, en
un caso similar, se denegaba la autorización “toda vez que tales obras
pueden tener otra ubicación”y porque en este caso no se acreditaba la
necesidad y conveniencia de las instalaciones objeto de demanda ya que las
necesidades de los usuarios ya estaban cubiertas por otras instalaciones
similares. Alegación que no ha sido contestada hasta la fecha. Sin embargo, los
mencionados vecinos han mantenido reuniones con ambas instituciones, además de
que presentaron una nueva alegación contra el Informe de la Demarcación de
Costas, en noviembre del 2011, cuando tuvieron conocimiento del mismo, también
sin respuesta. Por estos motivos, consideramos que no hay duda alguna de que Costas tenía
conocimiento de la existencia de una irregularidad en cuanto a la
fundamentación del Informe, que pensamos que se ocultó deliberadamente en el
mismo.
2º.- En la resolución de la Delegación Provincial de Medio Ambiente, que ostenta la autoridad o competencia para la otorgación de permiso, tampoco aparece alusión alguna a la justificación que exige la Ley de Costas sobre la ubicación “necesaria” de este tipo de instalaciones en la zona de Servidumbre marítimo-terrestre. Es posible que Medio Ambiente haya tomado la literalidad del Informe de Costas como fundamento para su decreto final, pero consideramos que Medio Ambiente ya tenía conocimiento de la necesidad de justificar la necesidad de este tipo de instalaciones en la playa, no sólo porque es su obligación, como entidad competente en este tipo de autorizaciones, hacer una lectura fiel y responsable de la legislación (con independencia de la que dé Costas), sino que, al igual que con Costas, los mencionados vecinos de Costabella presentaron el 16/5/2011una alegación contra este proyecto, y, una vez resuelto, presentaron con fecha 19/12/2011 un Recurso de Alzada ante la Junta de Andalucía, que todavía no ha sido resuelto. Y sin embargo, el decreto elude estos aspectos que, de haberlos tenido en cuenta, les hubiera obligado a denegar la autorización.
PORr todo lo cual, y considerando que esta autorización sienta un peligroso precedente para la construcción de este tipo de instalaciones en todo el litoral andaluz, sin necesidad de justificar su necesidad, esta asociación ha presentado denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente por presunto delito de prevaricación.
Conclusiones
EL PP se comprometió, de forma claramente electoralista, a asegurar el estatus de los chiringuitos en el litoral andaluz. Este compromiso lo ratificó recientemente el nuevo ministro de Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, y ya ha empezado a tramitarse, primero en el Senado, con la Moción, a cargo del PP, por la que se insta al Gobierno a modificar la Ley de Costas para conciliar el uso público. De este modo, con la modificación de la Ley de Costas, el PP culminaría un proceso de desatención de los intereses generales en el dominio público marítimo-terrestre, que empezara el PSOE con la destitución (dimisión) de la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, y prosiguiera con una relajación en la aplicación de la Ley de Costas por parte del PSOE en todo el litoral español, y en especial en Andalucía, donde se llegaría al punto de traspasar las competencias de administración de actividades económicas en las playas a la Junta, y con ello la victoria del influyente sector de los chiringuiteros. Es un tanto que se tiene que repartir electoralmente tanto el PSOE como el PP. En sus últimos estertores, el PSOE andaluz está ejerciendo una política de playas verdaderamente liberal, está descuidando el interés general para atender a los intereses particulares de los chiringuiteros y sus consecuencias las iremos viendo en tiempos venideros. De este modo, una Ley tan importante, tan delicada, tan compleja y tan necesaria como la Ley de Costas se va a modificar, incluso a cambiar su sentido primigenio, solo para complacer a un pequeño sector de todo el litoral español, puesto que estas demandas proceden únicamente del litoral andaluz y especialmente en el de la provincia de Málaga, y todo ello para favorecer los intereses particulares de un sector monopolístico: el de los chiringuiteros.
EL cambio de la Ley de Costas es, pues, el último acto de un proceso progresivo de colonización de actividades económicas que podrían ser perfectamente atendidas fuera del dominio público, y todo para favorecer al monopolio de la Asociación de Hosteleros de Playa, quienes tienen el privilegio de ser los únicos interlocutores con la administración y por tanto los únicos beneficiarios de las concesiones en este suelo público. Algo inadmisible en un estado de derecho, porque en estas concesiones no se cumplen los requisitos que establece la ley: publicidad, igualdad y transparencia.
Referencias:
(1) - 24/06/09 ¿Serán los chiringuitos de la playa otro Bien de Interés
Cultural incorporado al Patrimonio Andaluz?
(2) -
04/05/11 Los chiringuitos de playa testimonian la apuesta
institucional por la ilegalidad (y II)
- 03/05/11 Los chiringuitos de playa testimonian la apuesta institucional por la
ilegalidad (I Parte)
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- 04/05/11 Los chiringuitos de playa testimonian la apuesta institucional por la ilegalidad (y II)
- 03/05/11 Los chiringuitos de playa testimonian la apuesta institucional por la ilegalidad (I Parte)
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