“Si la reconciliación se consigue mediante la amnistía parece evidente que se garantiza la convivencia y si eso es así es difícil negar el valor político de la medida

OPINIÓN. Charlas con Nadie

Por Manuel Camas
. Abogado

31/10/23.
Opinión. El conocido abogado Manuel Camas escribe su colaboración para EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com sobre la posible amnistía a los políticos catalanes independentistas: “También es cierto que si la amnistía no viene unida a un acuerdo de regreso a la convivencia dentro de la Constitución se desenmascararía como un regalo y si eso fuese así el coste político que...

...tendría para el Partido Socialista sería tremendo, ya lo está sufriendo el PSOE fuera de Cataluña por su política dialogante y de mano tendida en un clima de sentimientos enconados”.

Amnistía

Es difícil tratar este tema, predominan los sentimientos de unos y de otros. Para jugar con los sentimientos se suele acudir a tergiversar conceptos, en el caso que nos ocupa la víctima de la interpretación forzada está siendo la palabra amnistía, trastocada en su significado para ser útil a una lucha que busca exacerbar las pasiones.


He leído con más frecuencia de la debida que una amnistía es pedir perdón a personas condenadas por delitos y reconocer que sus condenas fueron injustas, pero se mire por donde se mire no es cierto, en modo alguno una amnistía consiste en pedir perdón al amnistiado o reconocer que fue injustamente condenado, salvo que de manera expresa se quisiera así.

Estamos hablando de amnistía en abstracto, no conocemos el contenido de una supuesta ley que la establezca, ni siquiera el texto del proyecto o de la proposición de esa ley, solamente sabemos que constituiría la base de un acuerdo político entre el Partido Socialista y los independentistas catalanes, además del que es necesario alcanzar con el Partido Nacionalista Vasco, Bildu, con el Bloque Nacionalista Gallego y con Sumar, sabemos que ese acuerdo permitiría constituir un Gobierno de coalición entre PSOE y Sumar, pero tampoco conocemos aún qué otros contenidos tendría que permitiesen desarrollar una legislatura.

Como punto de partida deberíamos tener claro algo esencial en lo que no se insiste lo suficiente a juicio de Nadie y mío, mientras la amnistía es un acto del poder legislativo, el indulto corresponde al poder ejecutivo.

En efecto, el indulto lo acuerda el Gobierno y lo concede el Rey, por eso decimos que es un acto del poder ejecutivo, concretamente del Consejo de Ministros, como nos dice el art. 30 de la Ley de 18 de junio de 1870 que es la que establece las reglas para el ejercicio de la gracia de indulto.


La Constitución sí nos habla del indulto, concretamente en su art 62, donde se recoge que corresponde al Rey con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales, es decir el poder ejecutivo no puede autorizar indultos generales. El Diccionario de la Real Academia define indulto como gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona  total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.

Nuestra Constitución nada dice respecto de la amnistía, insisto, un acto del poder legislativo, no del Gobierno. El poder legislativo reside en las Cortes Generales, en sus dos cámaras, el Congreso de los Diputados y el Senado, que representan al pueblo español, según recoge el art. 66 de la Constitución.

El Preámbulo de la Constitución es breve, en él se menciona expresamente también al pueblo español, que es quien la ratifica. El contenido del Preámbulo es trascendente, constituye la declaración política que explica las bases sobre las que se desarrolla su articulado, en primer lugar, proclama su voluntad de garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.

Para centrarnos en la cuestión de la amnistía deberíamos saber qué significan las palabras, intentar usar los conceptos con propiedad.


También según el Diccionario de la Real Academia Española amnistía es el perdón de cierto tipo de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores. La Enciclopedia Libre Wikipedia la define como el olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores. Como vemos la persona que recibe la amnistía, el amnistiado, el autor del delito, no es el que perdona sino el perdonado.

También es útil conocer el concepto de perdón que no es más que la remisión de la pena merecida, de la ofensa recibida o de alguna deuda u obligación pendiente.

Aclarados los conceptos es fácil concluir, aunque siempre habrá quien niegue la evidencia, que estamos ante una cuestión política residenciada en el poder legislativo de nuestro país, y que como cualquier cuestión del ámbito político debemos valorar si la decisión traerá beneficios o perjuicios.

Volvamos a la declaración de la voluntad del pueblo español que se realiza en el Preámbulo del texto constitucional: garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución.

La convivencia es coexistir en armonía y para lograrlo parece necesario reconciliar, volver a las amistades o atraer y acordar los ánimos desunidos.

Si la reconciliación se consigue mediante la amnistía parece evidente que se garantiza la convivencia y si eso es así es difícil negar el valor político de la medida, pero como ya alguna vez Nadie ha mencionado en estas mismas charlas, ese acuerdo debe ser de las dos partes para no concluir en un regalo, en dar sin recibir nada a cambio, lástima que en la parte de exigir a cambio restaurar la convivencia no esté el Partido Popular.

Pero también es cierto que si la amnistía no viene unida a un acuerdo de regreso a la convivencia dentro de la Constitución se desenmascararía como un regalo y si eso fuese así el coste político que tendría para el Partido Socialista sería tremendo, ya lo está sufriendo el PSOE fuera de Cataluña por su política dialogante y de mano tendida en un clima de sentimientos enconados, pese a ello, en la anterior legislatura el nivel de conflicto y ruido que ocasionaba el procés ha bajado muy considerablemente, eso permite creer de buena voluntad que quien protagoniza la negociación arriesga, pero no juega con fuego, es decir no realiza con imprudencia algo que puede traer consecuencias negativas, cosa que no veía hace unos años con la mesa de diálogo.

Es legítimo trabajar por la convivencia, lo mismo que es lícito construir mayorías parlamentarias que te otorguen la investidura, y también lo es que otra parte manifieste que la medida no es políticamente adecuada, me temo que solamente el tiempo dará y quitará razones, ni Nadie ni yo hemos sido de quedarnos parados o ir para atrás como forma de solucionar conflictos de convivencia, dejen que estemos con una propuesta que contiene alguna ilusión.

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