“Hay que tener en cuenta los conflictos que el turismo puede generar con otros derechos humanos (derecho a una vida digna, a la calidad del medio, a la cultura loca,…) algunos claramente de mayor calado”

OPINIÓN. 
Piscos y pegoletes
. Por Enrique Torres Bernier
Profesor del Departamento de Economía Aplicada de la UMA


25/04/24. 
Opinión. El Doctor en Ciencias Económicas y especialista en turismo y ordenación del territorio, Enrique Torres, escribe en su colaboración en EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com sobre el derecho al turismo: “El plantear el turismo como un derecho fundamental es un poderoso argumento contra los que quieren implantar controles o medidas reductoras sobre su crecimiento...

...Es evidente que su “legitimación” como derecho justifica el no fomento de políticas restrictivas, lo que da una dimensión ideológica/empresarial muy concreta, y en algunos casos peligrosa, al derecho al turismo”.

¿Es el turismo un derecho de los seres humanos?

El derecho universal al turismo debe considerarse como corolario del derecho al descanso y al ocio, incluida la limitación razonable de la jornada laboral y las vacaciones periódicas remuneradas, garantizado por el artículo 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 7.d de la Convención Internacional.
Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Es este un tema en el que existen polémicas y posiciones encontradas, no solo entre especialistas en turismo, sino también entre los propios agentes sociales que en el intervienen y lo regulan, es si el turismo es un derecho de cualquier ser humano. Comencemos por aclarar que no se trata de un derecho básico, como el derecho a la vida, a la salud o a la educación y que cuando hablamos del turismo lo consideramos dentro de como lo define la OMT con sus matices y sus reservas.

Tampoco es, aunque esté en su base, el derecho a las vacaciones pagadas, pues, aunque estén pagadas no quiere decir que los ciudadanos tengan que hacer turismo durante las mismas. Digamos que aun siendo un derecho reconocido, no es una obligación, sino más bien una opción que tiene la persona durante un tiempo libre (vacaciones en el cual dispone de medios (rentas) para desplazarse y satisfacer sus demandas de ocio.

Además, deberíamos considerarlo como un derecho limitado a causa de las externalidades negativas que puede producir. Todos sabemos ya que el turismo es un fuerte creador de empleo, y que en la mayoría de los casos tiene unos elevados efectos multiplicadores sobre este y la renta. Sin embargo, tiene también efectos negativos en las vertientes medioambientales, culturales y territoriales, en este caso en particular, sobre todo, en los procesos de acumulación y saturación de la demanda sobre lugares y sitios de interés u oferta turística. En estos casos se llega a hablar de la necesidad del “decrecimiento turístico”. ¿Cómo puede hablarse de decrecimento de un derecho humano? La respuesta está en que simplemente hay una conflictividad de derechos como pueden ser el derecho a un medio ambiente sano, a la conservación del patrimonio y la cultura o a los derechos a la vivienda o residencia de todos los ciudadanos.


El plantear el turismo como un derecho fundamental es un poderoso argumento contra los que quieren implantar controles o medidas reductoras sobre su crecimiento. Es evidente que su “legitimación” como derecho justifica el no fomento de políticas restrictivas, lo que da una dimensión ideológica/empresarial muy concreta, y en algunos casos peligrosa, al derecho al turismo.

La construcción del razonamiento para la consideración del turismo como derecho fundamental de la humanidad se construye en base a los artículos 14 y 24 de la Declaración de los Derechos Humanos, El artículo 13 alude al derecho a la libre movilidad de las personas, y el 24, a derechos laborales obtenidos después de largas y costosas luchas sindicales para conseguir condiciones de trabajo más justas. De ambos se construye un razonamiento perverso de que todos los seres humanos tienen derecho al turismo (que aparece como la suma del ocio, tiempo libre, y la movilidad). Comencemos por afirmar que no todas las formas de ocio, ni todas las formas de movilidad, son turismo. Pero, además, hay que tener en cuenta los conflictos que el turismo puede generar con otros derechos humanos (derecho a una vida digna, a la calidad del medio, a la cultura loca,…) algunos claramente de mayor calado.

La solución, como en todos los casos de conflictos entre objetivos y sobre todo en los casos que interviene el turismo, el “trade – off”, conducidos por procesos de gobernanza que impongan soluciones justas y equitativas para las partes. Lo que desde luego no debe de servir de argumento para impulsar el crecimiento turístico es que el turismo es un derecho fundamental de todas las personas.

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