“Es como si alguien, que además no ha sido invitado, viviera unos días en nuestra casa sin aportar nada a su ocupación ni su mantenimiento”

OPINIÓN. 
Piscos y pegoletes
. Por Enrique Torres Bernier
Profesor del Departamento de Economía Aplicada de la UMA


13/06/24. 
Opinión. El Doctor en Ciencias Económicas y especialista en turismo y ordenación del territorio, Enrique Torres, escribe en su colaboración en EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com sobre la tasa turística, que “encuentra su razón de ser en los servicios públicos que usa el turista como el residente temporal de un modo gratuito en un destino turístico y que son financiados...

...por los residentes del mismo mediante las administraciones locales. Creo que está claro el razonamiento y su aplicación resulta de justicia”.

La tasa turística: un debate de difícil solución, pero de fácil planteamiento

Este tema surge periódicamente en los espacios con relevancia turística, cada vez con más frecuencia, suscitando diversas reacciones, a favor y en contra. Vamos a hacer aquí un replanteamiento del mismo a fin de facilitar las posibles decisiones que sobre él, se pudieran tomar por parte de los destinos y sus responsables.


Razones de la tasa turística.

La tasa turística encuentra su razón de ser en los servicios públicos que usa el turista como el residente temporal de un modo gratuito en un destino turístico y que son financiados por los residentes del mismo mediante las administraciones locales.

Creo que está claro el razonamiento y su aplicación resulta de justicia. Es como si alguien, que además no ha sido invitado, viviera unos días en nuestra casa sin aportar nada a su ocupación ni su mantenimiento. Otra cosa diferente es cual debía ser esta aportación. Se basa por lo tanto, en una compensación por el uso y desgaste de las infraestructuras y servicios públicos de la zona.

Es una figura que se viene aplicando en París desde los años sesenta del siglo pasado.

Sujeto imponible

Serían los turistas al destino. Ante esto nos encontramos con algunas preguntas y problemas. Al hablar de destino nos estamos refiriendo al municipio, está claro. Pero al hablar de turistas (siempre bajo la definición de la OMT) debemos hacer algunas matizaciones.


En cuanto a la posibilidad de que la tasa sea implementada por la Comunidad Autónoma y no por el municipio (Baleares y Valencia) independientemente de si es o no una invasión de competencias, solo tiene sentido para los municipios turísticos, no para el resto, puesto que en estos el turista no gasta utilidades públicas orientadas a los residentes, o si lo hace es en cantidades no considerables, por lo tanto , aun argumentando que hay servicios credos y dependientes de las autonomías tienen también su ámbito municipal.

En cuanto a los turistas, en primer lugar está el caso de los visitantes, o turista sin pernocta, pero que también hacen uso de infraestructuras y servicios del destino, y normalmente en mayor proporción que los propios turista propiamente dicho, y no pagan por ello. Es evidente que es muy difícil identificar y de hacerles pagar una tasa por lo que lo mejor sería eximirlos de esta contribución.

Otro caso sería el de los turistas residenciales y de segunda residencia que no estén censados en el municipio de referencia, y, por lo tanto no contribuyen a sus ingresos y si ocasionan gastos en infraestructuras y servicios públicos. Estos deberían pagar la tasa según la pagan los residentes habituales. La tasa seria proporcional a la ocupación media de sus casas. Esta contribución debería ser mayor que la que pagan los residentes, para de este modo incentivarlos a darse de alta en el lugar.

Objeto imponible

Sobre esto no hay muchas dudas ya que serían las pernoctaciones, sean en el establecimiento que sean, como mejor índice de “uso” del destino. Podría haber algunas excepciones como albergues juveniles e instituciones de fines sociales, pero en general su aplicación sería bastante sencilla.

Cuantía de la tasa

Para esto podrían aplicarse diferentes criterios, como fijar una cantidad única o un porcentaje del tipo, precio o categoría del alojamiento, siempre procurando que no afectara a la competitividad del destino. Es habitual fijar en un euro por pernoctación, o dos en caso de establecimientos de categoría superior.

Recaudación

Aquí comienzan las dudas y problemas. El recaudador tiene que ser el responsable del establecimiento de alojamiento, aunque en nombre del municipio, que luego y conforme a los datos de ocupación, liquidaría temporalmente con este, el cual decidiría el destino de esos ingresos.

Lógico es que se destinaran a la construcción y mejora de instalaciones y de las infraestructuras y servicios que usen los turista (muchas de ella también los residentes), pero esto podría no ocurrir y servir para los gastos generales del ayuntamiento.

Por ello, es fundamental conocer la aplicación de esos ingresos que, en todo caso deben tener, en nuestra opinión, una vinculación finalista a temas turísticos del destino.

Aplicación de los ingresos

El tema e si estos ingresos se incluirían en los de los presupuestos municipales o si tendrían un claro objetivo finalista para objetivos de política turística local. Es evidente que esta última opción sería la más razonable. Para ello también haría falta un acuerdo de gobernanza previo que definiera a que partidas debería dedicarse estas cantidades o en que proyectos debería colaborar, incluso definiendo su reparto.

Otra posibilidad es que los alojamientos pudieran ser a la vez que recaudar estas tasas, participar en su aplicación, para lo cual deberían de presentar al ayuntamiento un proyecto documentado y presupuestado de modernización del establecimiento en temas como digitalización, innovación tecnológica y sostenibilidad, así como cualquier otro que acordaran con las instituciones, como por ejemplo responsabilidades sociales de las empresas turísticas. Hay que dejar claro que nunca hablamos de partidas destinadas a amortización o renovación de los establecimientos. También podrían repartirse estas cantidades entre estas propuestas e inversiones finalistas en infraestructuras y servicios turísticos previamente acordados. Esto simplificaría el desarrollo del proceso de recaudación, gasto e inversiones.

Repercusión de la tasa

Esta es una tasa tradicionalmente mal vista por los empresarios, menos pero también por los turistas, como ocurre con la gran mayoría de los impuestos a los que se achaca que reducen los ingresos de unos y gastos de otros.

Pero este aumento de los “gastos” para las empresas de alojamiento no tiene porqué suponer pérdida de competitividad teniendo en cuenta que no sobrepasaría del 0,6 de sus ingresos y podría aportarle muchos beneficios, aunque la mayoría de carácter indirecto y dentro del campo de la satisfacción de los turistas. Estos, igualmente, comprobarían como ha aumentado la calidad de los destinos que visitan.

Es bajo esta perspectiva global sobre la que los poderes públicos y los ciudadanos deberían elegir la conveniencia o no de las tasas turísticas y, sobre todo, el modo de aplicarlas.

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