El dictamen del organismo es favorable a extinguir la concesión otorgada a R.A.M. SA (Restaurante Antonio Martín SA), ya desaparecida. “La sociedad que actualmente explota el negocio no es la titular”, apunta, sobre EXCEHO SL
06/05/16. Sociedad. El Consejo Consultivo de la Junta ha emitido un dictamen a favor de extinguir la concesión administrativa por la cual se explota el chiringuito de Antonio Martín, señero establecimiento ubicado en La Malagueta. La parcela sobre la que se erige es dominio público marítimo-terrestre y por ende depende de la Delegación autonómica. El local lo alquila y explota desde hace...
...un año el grupo hostelero Gorki. La titularidad de la concesión recae, sin embargo, en otra empresa, Explotaciones de Cesiones Hosteleras SL (EXCEHO), tras la cual está el expresidente de la Asociación de Empresarios Hosteleros de la Costa del Sol (AEHCOS) José Carlos Escribano. El anterior arrendatario era Miguel Narváez, el marido de la secretaria general del PP de Málaga Margarita del Cid, que sumió el negocio y la marca en unas deudas inasumibles. Informa EL OBSERVADOR / www.revistaelobservador.com.
EXCEHO pierde la concesión administrativa que nunca tuvo y con la cual cedía las instalaciones del antiguo restaurante Antonio Martín en régimen de alquiler a terceras empresas. Escribano, administrador único de esta sociedad (Explotaciones de Cesiones Hosteleras en Málaga y Andalucía SL) toleró durante años obras ilegales como la construcción de una terraza en la azotea del inmueble, unos trabajos que impulsó el local cuando lo regentaba Miguel Narváez, marido de Del Cid. Aquella terraza se declaró no conforme a la legalidad urbanística ni autorizada por la Junta, por lo que la administración autonómica solicitó hace ya tres años que se derribase y se pagase una sanción de 30.000 euros, cosa que no se ha hecho.
EL negocio lo regenta desde hace un año el grupo Gorki y se prevé que la actividad cese. El dictamen del Consejo Consultivo, al que ha tenido acceso esta revista, es fulminante, y zanja esta eterna polémica de una vez por todas, después de las continuas incertidumbres planteadas por el traspase de competencias entre la Demarcación de Costas (Ministerio de Medio Ambiente) y la Delegación de Medio Ambiente (Junta de Andalucía).
“ES evidente que resulta de aplicación la causa de extinción invocada por la Administración, pues la sociedad que actualmente explota el negocio en cuestión no es la titular de la concesión. Conclusión: se dictamina favorablemente la propuesta de extinción de la concesión otorgada a la sociedad R.A.M., S.A. para la ocupación de terrenos de dominio público marítimo-terrestre en la Playa de la Malagueta, en el término municipal de Málaga”.
PARA llegar hasta ese párrafo, los ponentes del Consejo Consultivo fundamentan la decisión en tres puntos. En el segundo de ellos se lanza un capote a la administración autonómica y se aclara que la normativa regional “carece de la correspondiente regulación específica”, y que la legislación “se refiere al procedimiento de extinción de las concesiones de forma muy parca”, motivos por los cuales “debe concluirse que el procedimiento ha sido tramitado correctamente en el presente caso, siendo competente para su resolución la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio”.
YA en el tercer punto se explica que la extinción de la concesión se da porque el concesionario, R.A.M., ya “no existe al haberse extinguido su personalidad jurídica”. Hay una Orden Ministerial de 1991 que legaliza unas reformas en el local y transfiere “a nombre de la mercantil R.A.M., S.A. la concesión otorgada por Orden Ministerial del 14 de marzo de 1953 a doña M.S.V.”. La concesión estaría abocada igualmente a terminar en julio de 2018.
CUATRO años después, en 1995, M.S.V., en suspensión de pagos, detalla a la Demarcación de Costas un nuevo contrato de cesión de explotación a EXCEHO, la sociedad de José Carlos Escribano, vinculado al grupo del ganadero taurino Martín Lorca. El contrato “no suponía ningún tipo de transmisión concesional, ni cesi´´on de la explotación de la industria”, y por ello fue legalizado.
SIN embargo, en noviembre de 2007 se disuelve la concesionaria. La Demarcación de Costas solicita a la Abogacía del Estado un informe para determinar el proceder para extinguir la concesión, y la Abogacía responde que se debe proceder “en virtud del principio de intransmisibilidad de las concesiones”. Se aplica, en este caso, la letra ‘a’ del artículo 100 de la Ley de Costas, que contempla como causa de extinción de las concesiones “la muerte o incapacidad sobrevenida del usuario o concesionario individual o extinción de la personalidad jurídica”. Han tenido que pasar casi diez años para que la Junta se proponga hacer efectiva la extinción de una vez.
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