

EL punto 5 del artículo 36 sobre ‘Normas de conducta’ de esta ordenanza detalla lo siguiente: “Se prohíben las prácticas sexuales y el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales en la vía pública, cuando estas prácticas afecten a la convivencia ciudadana. Se entiende que estas prácticas afectan a la convivencia ciudadana cuando se lleven a cabo en espacios situados a menos de doscientos metros de centros docentes, educativos, parques infantiles, zonas residenciales o de cualquier otro lugar en el que se realicen actividades comerciales o empresariales”.
ENTRE los
colectivos que se han posicionado en contra de políticas sancionadoras para
solucionar los efectos perversos del fenómeno de la prostitución se encuentra
el Grupo de Estudios de Política Criminal (GEPC), que es una asociación formada
por jueces, fiscales, profesores y catedráticos de Derecho Penal. De
orientación progresista y presidido en turno rotatorio por el catedrático de la
Universidad de Málaga (UMA) y director del Instituto Interuniversitario de
Criminología, el malagueño José Luis Díez Repolles, el GEPC hizo público, a finales de 2006, un ‘Manifiesto a favor de
la regulación del ejercicio voluntario de la prostitución entre adultos’.
TRAS dejar
sentado que la represión “de todas las
actividades relacionadas con la prostitución ha arrojado un balance histórico
que sólo puede ser calificado de lamentable, y, además, en lugar de erradicar
el fenómeno -como pretendía- lo ha ocultado provocando una serie de efectos
perniciosos tales como la estigmatización, la vulnerabilidad y la explotación
de las personas que la ejercen” y que el contexto de “alegalidad actual permite
una situación que sólo puede calificarse de hipócrita, pues mientras se ponen
trabas a la regulación de la prestación voluntaria de servicios sexuales, se
permite que la oferta de esos mismos servicios genere cuantiosos ingresos por
publicidad a los medios de comunicación que la anuncian”, este manifiesto propugna
una “reflexión seria sobre el
reconocimiento de los derechos de las personas que prestan servicios sexuales
(…) presidida por la ineludible distinción entre moral y derecho”.
DICHO manifiesto,
rubricado por prestigiosos juristas (consultar AQUÍ) como parte de un trabajo más amplio que el GEPC ha realizado
sobre la prostitución: la “Propuesta
de regulación del ejercicio de la prostitución entre adultos”, en el cual se
analizan la prostitución como una actividad económica entre adultos que debe
ser regulada como tal.
DE forma más
explicita, la Sociedad Andaluza de Juristas para la Defensa de los Derechos Humanos
Individuales y Colectivos, más conocida como ‘Grupo 17 de marzo’, ha denunciado
el carácter lesivo de la ordenanza aprobada en Málaga y entra en sus propósitos
presentar un recurso ante el TSJA contra esta normativa, cosa que ya hicieron
en Granada, capital andaluza también gobernada por el PP que desde que aprobó
una ordenanza similar ha multado a 226 prostitutas y
40 clientes. El grupo ‘17 de marzo’ alega ante el proceso de elaboración de la ordenanza, que ha tenido “importantes
déficits democráticos en su elaboración” y subraya que el Ayuntamiento de
Málaga “carece de competencias para regular para regular y prohibir actividades
como la prostitución y mucho menos las prácticas sexuales, siempre que no
supongan un ilícito penal”.
TAMBIÉN
la Asociación Pro
Derechos Humanos de Andalucía señala que la ordenanza “trata de regular cosas
que ya están reguladas” y sostiene que la solución al fenómeno de la
prostitución vendrá de la mano de la regularización, no de la prohibición.
También el catedrático de la UMA, Ángel Rodríguez, ha
apuntado que el contenido de la ordenanza podría vulnerar derechos
fundamentales.
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